Título : | Derecho a la reparación integral de violaciones a los derechos humanos : Terrorismo de Estado | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Óscar López Goldaracena, Autor | Editorial: | Montevideo : CRYSOL | Fecha de publicación: | 2008 | Número de páginas: | 296 p. | ISBN o ISSN: | 978-9974-8052-2-4 | Nota general: | Incluye: Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario - 20 casos de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos - Leyes reparatorias en Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay. | Idioma : | Español | Temas: | ARGENTINA CHILE COLOMBIA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DERECHOS HUMANOS ECUADOR EL SALVADOR HONDURAS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS JURISPRUDENCIA LEGISLACIÓN PARAGUAY PERÚ PROYECTOS DE LEY REPARACIÓN A VÍCTIMAS TERRORISMO DE ESTADO URUGUAY VENEZUELA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
| Clasificación: | 323 | Nota de contenido: | Parte I:
Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y abuso de poder. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de derechos humanos y de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Declaración Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Convención Americana sobre Derechos Humanos : Pacto de San José de Costa Rica. Convención relativa a Leyes y Costumbres de la Guerra. Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I). Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial. Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Convención sobre los Derechos del Niño. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contras las Desapariciones Forzadas.
Parte II: JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.
Parte III: LEYES REPARATORIAS EN LA REGIÓN.
Parte IV: LEGISLACIÓN NACIONAL. Ley Nº 15.737 (1985) : Se aprueba la ley de amnistía.
Ley N° 15.783 : Se establece el derecho a ser reincorporadas al Organismo correspondiente a todas las personas que hubieran sido destituidas entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985. Ley N° 16.102 : Frigorífico Nacional. Declárase que los ex-trabajadores tienen derecho a una indemnización por haber cesado en su actividad laboral, dispuesto en el Decreto Ley 14.810. Ley Nº 16.163 : Frigorífico Nacional - Dispónese que los ex-trabajadores, exluidos en la indemnización prevista en la Ley 16.102, percibirán la citada reparación. Ley N° 16.440 : Personal militar desvinculado de las Fuerzas Armadas : Aplícase la normativa vigente al 22 de abril de 1991, respecto al cómputo mínimo de servicios exigibles y determinación del haber básico de retiro. Ley N° 16.194 - Destituidos : Agréganse y sustitúyense disposiciones de la Ley 15.783. Ley N° 16.451 : Servicio Nacional de Empleo : Díctanse normas para trabajadores comprendidos en las Leyes 12.498 y 13.718 que se hayan [visto] afectados por Resolución del Organismo citado de fecha 19 de setiembre de 1975. Ley N° 16.561- Frigorífico Nacional y Casablanca: Decláranse comprendidos en el régimen del artículo 18 de la Ley 15.783, a los obreros y empleados de los mismos, cesados, trasladados o redistribuidos con posterioridad al 27 de junio de 1973. Ley Nº 16.824 - Banco de Previsión Social: Establécese un plazo por determinado período para la presentación, de aquellas personas a las que la inconstitucionalidad de los regímenes especiales, les pudiera significar la obtención de mejores derechos. Ley Nº 17.061 - Establecimiento frigorífico del Cerro S.A. (EFCSA) : DÍctanse normas referidas a los operarios, obreros y funcionarios cesados o despedidos durante el período "de facto". Ley N° 17.449 - Todos los trabajadores de la actividad privada que, entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, se hubieran visto obligados a abandonar el territorio nacional... quedan comprendidas en la presente ley. Ley N°17.620 - Administración Nacional de Educación Pública : Se dispone que los funcionarios docentes reincorporados de acuerdo a la Ley N° 15.783 podrán ejercer sus derechos ante el Banco de Previsión Social. Ley N° 17.917 - Trabajadores de Establecimientos Frigoríficos del Cerro S.A. comprendidos en la Ley N°16.194 : Se dispone la actualización de sus liquidaciones. Ley N° 17.949 - Personal militar destituido, desvinculado, dado de baja, pasado a situación de reforma o similares, por razones políticas o ideológicas: Modificación de los derechos jubilatorios. Ley N° 18.026 - Cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad. Ley N° 18.033 - Ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985 : Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios.
Parte V: PROYECTO DE LEY. Reparación integral para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos Montevideo, julio de 2007. Proyecto de Ley de Reparación Integral para las Víctimas de Violaciones graves de los Derechos Humanos. Exposición de motivos. Texto de proyecto de ley - Reparación integral. | Link: | ./index.php?lvl=notice_display&id=300 |
Derecho a la reparación integral de violaciones a los derechos humanos : Terrorismo de Estado [texto impreso] / Óscar López Goldaracena, Autor . - Montevideo : CRYSOL, 2008 . - 296 p. ISBN : 978-9974-8052-2-4 Incluye: Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario - 20 casos de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos - Leyes reparatorias en Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay. Idioma : Español Temas: | ARGENTINA CHILE COLOMBIA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DERECHOS HUMANOS ECUADOR EL SALVADOR HONDURAS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS JURISPRUDENCIA LEGISLACIÓN PARAGUAY PERÚ PROYECTOS DE LEY REPARACIÓN A VÍCTIMAS TERRORISMO DE ESTADO URUGUAY VENEZUELA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
| Clasificación: | 323 | Nota de contenido: | Parte I:
Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y abuso de poder. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de derechos humanos y de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Declaración Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Convención Americana sobre Derechos Humanos : Pacto de San José de Costa Rica. Convención relativa a Leyes y Costumbres de la Guerra. Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I). Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial. Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Convención sobre los Derechos del Niño. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contras las Desapariciones Forzadas.
Parte II: JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.
Parte III: LEYES REPARATORIAS EN LA REGIÓN.
Parte IV: LEGISLACIÓN NACIONAL. Ley Nº 15.737 (1985) : Se aprueba la ley de amnistía.
Ley N° 15.783 : Se establece el derecho a ser reincorporadas al Organismo correspondiente a todas las personas que hubieran sido destituidas entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985. Ley N° 16.102 : Frigorífico Nacional. Declárase que los ex-trabajadores tienen derecho a una indemnización por haber cesado en su actividad laboral, dispuesto en el Decreto Ley 14.810. Ley Nº 16.163 : Frigorífico Nacional - Dispónese que los ex-trabajadores, exluidos en la indemnización prevista en la Ley 16.102, percibirán la citada reparación. Ley N° 16.440 : Personal militar desvinculado de las Fuerzas Armadas : Aplícase la normativa vigente al 22 de abril de 1991, respecto al cómputo mínimo de servicios exigibles y determinación del haber básico de retiro. Ley N° 16.194 - Destituidos : Agréganse y sustitúyense disposiciones de la Ley 15.783. Ley N° 16.451 : Servicio Nacional de Empleo : Díctanse normas para trabajadores comprendidos en las Leyes 12.498 y 13.718 que se hayan [visto] afectados por Resolución del Organismo citado de fecha 19 de setiembre de 1975. Ley N° 16.561- Frigorífico Nacional y Casablanca: Decláranse comprendidos en el régimen del artículo 18 de la Ley 15.783, a los obreros y empleados de los mismos, cesados, trasladados o redistribuidos con posterioridad al 27 de junio de 1973. Ley Nº 16.824 - Banco de Previsión Social: Establécese un plazo por determinado período para la presentación, de aquellas personas a las que la inconstitucionalidad de los regímenes especiales, les pudiera significar la obtención de mejores derechos. Ley Nº 17.061 - Establecimiento frigorífico del Cerro S.A. (EFCSA) : DÍctanse normas referidas a los operarios, obreros y funcionarios cesados o despedidos durante el período "de facto". Ley N° 17.449 - Todos los trabajadores de la actividad privada que, entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985, se hubieran visto obligados a abandonar el territorio nacional... quedan comprendidas en la presente ley. Ley N°17.620 - Administración Nacional de Educación Pública : Se dispone que los funcionarios docentes reincorporados de acuerdo a la Ley N° 15.783 podrán ejercer sus derechos ante el Banco de Previsión Social. Ley N° 17.917 - Trabajadores de Establecimientos Frigoríficos del Cerro S.A. comprendidos en la Ley N°16.194 : Se dispone la actualización de sus liquidaciones. Ley N° 17.949 - Personal militar destituido, desvinculado, dado de baja, pasado a situación de reforma o similares, por razones políticas o ideológicas: Modificación de los derechos jubilatorios. Ley N° 18.026 - Cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de lucha contra el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad. Ley N° 18.033 - Ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985 : Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios.
Parte V: PROYECTO DE LEY. Reparación integral para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos Montevideo, julio de 2007. Proyecto de Ley de Reparación Integral para las Víctimas de Violaciones graves de los Derechos Humanos. Exposición de motivos. Texto de proyecto de ley - Reparación integral. | Link: | ./index.php?lvl=notice_display&id=300 |
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